A 53 años de la Independencia Un Perfil del Sistema Indio |
Sistema Federal El Presidente es el jefe constitucional del Ejecutivo de la Unión. El poder ejecutivo real recae en el Consejo de Ministros con un Primer Ministro a la cabeza de éste. El Artículo 74(1) de la Constitución estipula que habrá un consejo de Ministros encabezado por el Primer Ministro para ayudar y asesorar al Presidente quien, en ejercicio de sus funciones, actuará de acuerdo a ese asesoramiento. El Consejo de Ministros es responsable colectivo de la Lok Sabha, la Cámara Popular o Cámara Baja. En los estados, el Gobernador, como representante del Presidente, es el jefe del Ejecutivo, pero el verdadero poder ejecutivo descansa en el Ministro Jefe quien encabeza el Consejo de Ministros. El Consejo de Ministros de un estado es colectivamente responsable de la asamblea legislativa del estado. La Constitución establece la división del poder legislativo entre el Parlamento y las Legislaturas Estatales y estipula que los poderes residuales recaigan en el Parlamento. El poder para enmendar la Constitución también recae en el Parlamento.
El Ejecutivo de la Unión está constituido por el Presidente, el Vicepresidente y el Consejo de Ministros con el Primer Ministro a la cabeza para ayudar y asesorar al Presidente. |
El Presidente |
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El brazo legislativo de la Unión, llamado Parlamento, está constituido por el Presidente, la Rajya Sabha y la Lok Sabha. Toda legislación requiere del consenso de ambas Cámaras del Parlamento. Sin embargo, en casos de legislaciones monetarias, siempre prevalece la voluntad de la Lok Sabha. La Lok Sabha |
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Los Gobiernos Estatales |